La legislación civil de nuestro amplio catálogo de Leyes vigentes, contempla una inmensidad de figuras jurídicas, instituidas para resolver cualquier hipótesis que deba ser conocida por las autoridades Jurisdiccionales, dependientes del Poder Judicial, tanto Federal como de cada entidad federativa.
Entre ellas y concretamente en el derecho familiar, tenemos el capítulo de sucesiones, tema por demás interesante, dentro del cual se norman los procedimientos para la transmisión de bienes, derechos y obligaciones, consideradas como parte del patrimonio de un apersona, a partir del momento mismo de su fallecimiento.
Para poder transmitir a quién o quienes la ley o la voluntad del de Cujus, es decir el difunto, existen diversos mecanismos y procedimientos, como es el caso de la sucesión testamentaria y la legítima, cuya diferencia radica en el hecho de que se haya otorgado disposición testamentaria o no.
Para determinar el tipo de procedimiento sucesorio a partir de la muerte de una persona, es requisito indispensable saber si existe un testamento en cualquiera de las formas establecidas por la ley, para que se pueda formalizar la transmisión de manera directa y en atención a lo querido por el autor de la disposición, de no haber manifestación expresa y clara por el titular del patrimonio, se tendrá que tramitar un procedimiento de sucesión intestamentaria, llamando a todos aquellos que se crean con derecho de heredar.
Es bien sabido en el tema de las sucesiones que solo se podrán transmitir bienes a los herederos, las cosas materiales que tengan un valor económico, ya sea muebles o inmuebles, así como los derechos que puedan cuantificarse y sean posibles de transmisión de titular, es decir que no se extingan al fallecimiento de su titular, por otra parte, tenemos las obligaciones, de igual forma si no son extinguibles, pasarán a los herederos quienes al momento de aceptar la herencia compuesta por una masa hereditaria, asumen las deudas a cargo solo de los bienes adquiridos con motivo de esa herencia, nunca podrán ir mas allá, es decir, no afectan el patrimonio preexistente.
Cuando escuchamos los términos de -herencia o sucesión-, siempre nos estamos refiriendo de manera directa a la transmisión de los bienes que formaron parte del patrimonio del autor de la sucesión, pero existen interrogantes con respecto a muchas otras figuras o terminología que ponen en duda aquellos que desconocen los alcances de una transmisión de bienes de quienes llegan a fallecer.
Existen temas ideológicos como es el caso de la actual polémica desatada, para no variar, por el señor López Obrador, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, que continúa en la polémica diaria y acaparando reflectores, en su persistente púlpito, en donde adoctrina de manera cotidiana y expone temas, que en su mayoría desconoce, al menos jurídicamente, solamente tratando de imponer sus ideas e ideologías.
El último caso, es el referente a su desafortunada necesidad de recibir atención médica, por sus afecciones cardiacas que ha venido padeciendo, sin embargo, como siempre, todo lo aprovecha y en esta ocasión expresa su intención de continuidad con su labor de cambio en las políticas tradicionales de nuestro País, al pregonar que “ha otorgado su testamento político”, aunque sin mencionar su contenido, no es necesario ser un erudito en el derecho, para saber que jurídicamente no existe esa figura, partiendo del hecho antes señalado que lo único que se puede transmitir después de la muerte, es la masa del patrimonio, -considerado como el conjunto de bienes, derechos y obligaciones-, no así las ideologías ni mucho menos el poder detentado como una función derivada de un nombramiento como funcionario público.
Para ser funcionario Público, se requiere una designación previamente lograda mediante un escrutinio electoral, como es el caso de los puestos de elección popular, caso principal es el Presidente de la República, quien de ninguna manera podrá transmitir por voluntad a un tercero esa función, puesto que estamos ante un Estado de Derecho y no una Monarquía, tampoco Imperio, vivimos en el siglo XXI, ejerciendo una forma de gobierno democrático, según eso se o ¿estoy equivocado?.
Cuando se habla de un -testamento político-, podemos pensar que solamente es una teoría doctrinal, de pensamiento ideológico, para enseñanza de quienes quieran leerla y entenderla en su caso, pero nunca referente a una transmisión de poder y funciones de gobierno, porque entonces se estarían violando flagrantemente los mandamientos Constitucionales, que prevalecen por encima de cualquier otra norma,
Como consecuencia de las manifestaciones de haber ideado un -testamento político-, muchos sectores de la sociedad, están molestos y con mucha razón, porque ello lleva a otros tantos miembros de la sociedad que desconocen los términos legales, sin embargo son afines con el actual gobierno, que en realidad creen factible que se haga designación de alguna persona para continuar con la obra política del actual mandatario, para el caso de que llegue a morir durante el ejercicio de su mandato, que dicho sea de paso, está a punto de lograr su ansiada -ratificación-, en lugar de ejercer solo la consulta de revocación.
Pero en fin, sigamos con nuestras vidas, de por sí tan deterioradas por la pandemia, a pesar de los sobresaltos diarios ocasionados por quien gusta ser maestro de la comedia.
Maestro Martín Miranda Brito
twitter: @miranda_abogado
email: mirandabrito@hotmail.com
Mí Estimado Maestro en Derecho Martín Miranda. Sus comentarios están excelentes y debiese haber una figura jurídica, para parar el desenfreno de este tipo de charlatanes, que llegaron ala cima, con muchas trampas. Denerlo y detener el derroche de dinero inútil, puesto al servicio de un inepto. Se requiere de un sistema digital electrónico para controlar y cambiar a México. Si es posible. Saludos. Atte.
Tiene usted toda la razón, estamos frente a un sistema que se ha venido armando con todas las malas intenciones y conocimiento de las estrategias socialistas que han implementado otros Paises latinoamericanos, que solo han demostrado que el poder se ejerce para beneficio personal y de sus familias, es urgente parar esta carrera al precipicio, cada uno de nosotros podemos aportar nuestro grano de arena y algo se podrá rescatar.
saludos
Excelente tema mi estimado Lic y extraordinario tu análisis, hay que ver y oír para creer.
Un país no puede depender de la existencia de una sola persona, debe hacerse un trabajo en equipo donde se escuchen todas las voces, y por supuesto con un dirigente, pero que no crea que tiene la verdad absoluta.
Saludos