INDEPENDENCIA JUDICIAL BAJO AMENAZA

En muchas ocasiones hemos hablado de la integración del gobierno mexicano, que requiere del respeto de cada función y asignación de facultades, discutido en diversos foros, estratos culturales y sociales, en donde se ha venido tratando de explicar que la división de poderes en nuestro País proviene de una independencia y autonomía para cada uno de los órganos que integran el Estado Mexicano, es decir se encuentra dividido en tres grandes entes específicamente encargados de diversas actividades para que el pueblo tenga una seguridad jurídica sobre todo y frente a todos

Como es el caso del Poder Ejecutivo que se encarga de la representación y la administración del gobierno; El poder Legislativo es el que se encarga de la recepción de iniciativas, estructura, análisis, recepción, discusión y aprobación de las leyes o reformas, así como todo lo relacionado con la creación de normas jurídicas que van a regir dentro de nuestro territorio mexicano, aplicable a la ciudadanía y a toda la población y son precisamente los Diputados y los Senadores integrantes del Congreso de La Unión, los encargados de esta gran tarea.

Por otra parte tenemos al Poder Judicial que es el órgano que se encarga de la estructura jurídica de nuestro País, es decir, la aplicación de las leyes, normas legales que deben aplicarse a los casos concretos para resolver un conflicto o para sancionar una conducta, a través de los Jueces, Magistrados y Ministros, en cada Entidad Federativa existe también un Tribunal Superior de Justicia que se encuentra integrado por Jueces de primera instancia, Magistrados y por el Consejo de la judicatura.

En tiempos recientes hemos visto una clara invasión en el ámbito de las facultades y la independencia de los Poderes de La Unión, es decir, hemos visto que en la vida diaria el representante del Ejecutivo Federal ha venido interfiriendo de manera constante en las decisiones del Poder Legislativo, aprovechando que su partido político es el de representación mayoritaria, pues únicamente se dedica a instruir y ordenar el sentido de una u otra Ley o reforma a las normas ya existentes, para sostener sus decisiones personales de gobierno, sin importar las manifestaciones contrarias de la oposición y demás sectores de la ciudadanía en diversos temas de interés general.

Por otra parte, hemos visto también una injerencia permanente y muy marcada sobre las decisiones que se toman en el ámbito judicial, oponiéndose y criticando de manera pública las resoluciones emitidas por los Jueces, Magistrados y Ministros, cuando no le gustan al Presidente de la República por no ser acordes con sus decisiones personales, que dicho sea de paso, -han sido irrespetuosas de las instituciones-, hecho que pregona cotidianamente en sus conferencias mañaneras, lo que provoca un encono y una injerencia permanente para tratar de convencer a la ciudadanía de que su palabra está por encima de la Ley.

El caso más reciente está relacionado con la llamada “reforma eléctrica”, que consiste en la aprobación que el Congreso de la Unión realizó a la -Ley de Industria Eléctrica-, que fue prácticamente ordenada por el Ejecutivo Federal y discutida al vapor sin cambiar una sola palabra al texto enviado como iniciativa, representando una total sumisión a los designios presidenciales, puesto que lleva el sello de mandato para echar abajo la reforma energética del pasado gobierno de Enrique Peña Nieto.

Como era de esperarse, una vez publicada la reforma antes señalada, los sectores afectados dentro de la iniciativa privada, han protestado y sin ser escuchados en ningún momento, acuden a las instancias legales a través de los medios de impugnación que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece, como es el -juicio de amparo-, dando origen a una cascada de demandas presentadas por diversas empresas interesadas debido a sus actividades y objeto social de producción y distribución de energía electica.

Con ello, distintos Jueces de Distrito que han conocido de las diversos juicios de amparo, otorgaron suspensión provisional del acto reclamado, consistente en dejar de aplicar los efectos de esa Ley, hasta en tanto se resuelva el fondo del juicio y se determine si es legítima o contraria a los principios constitucionales, lo que ocasionó el enojo y la ira expresada públicamente por el Presidente de la República, quien reclamó de manera formal al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, exigiendo se castigue a los Jueces que han otorgado dichas suspensiones, acusándolos de corruptos y traidores de la Nación, hecho por demás inédito en nuestro estado de derecho contemporáneo, puesto que eso significa que -quien no está de acuerdo con las decisiones del Presidente de la República, está contra él y merece castigo y condenado a la ignominia-, ¡verdad que asusta!

Independientemente de que el contenido de la reforma, se refiera al manejo de energías y autorización a particulares para su explotación o en su caso producción de las llamadas energías limpias, el Estado Mexicano hoy será el único productor y distribuidor de esos fluidos, con la aplicación de tecnologías viejas y obsoletas, alejadas de los crecimientos industriales actuales a nivel mundial, estamos ante una negativa y oposición de un órgano del estado que pretende imponerse de forma autoritaria y violando las normas básicas de respeto institucional, expresando amenazas que van más allá de lo lógico y prudente, ignorando que existen Leyes generales con fuerza de mandato en nuestra nación.

En conferencias realizadas en el transcurso de la semana, el señor López Obrador expresó de manera clara y directa, que si la Suprema Corte de Justicia de la Nación no impone freno a los Jueces que están otorgando suspensión provisional en los juicos de amparo interpuestos por la iniciativa privada, se verá en la necesidad de enviar al Congreso de la Unión, una iniciativa de reforma constitucional, lo que indica que está preparando una invasión a las facultades del Poder Judicial Federal, para coartar la libertad, autonomía e independencia jurisdiccional, bajo la -no tan velada amenaza-, de acusar a todo aquel que resuelva un juicio en contra de su gobierno, será perseguido y acusado de corrupto.

Dicho lo anterior, vemos que la ley que es nuestro máximo escudo protector ante las injusticas y las controversias, quedaría destruido sin que podamos defendernos ante una ola de imposiciones y violaciones a los derechos humanos, que la máxima norma de nuestro País nos ha otorgado a lo largo de más de un siglo, sin que nadie pueda parar justificadamente y no estoy hablando en términos políticos, ese es otro tema y distinto ámbito de discusión, solo estoy expresando el riesgo que se corre al no respetar una norma vigente y con el poder de reformar a modo para supuestamente justificar los actos unipersonales.

Muchas veces he expresado esta frase y hoy aplica de forma clara y lastimera, ¡QUE DIOS NOS AMPARE!, por que quien debería hacerlo está siendo atacado con el afán de nulificarlo y volverlo una instancia ejecutora de mandatos carentes de legitimidad.

“DETENCIÓN, ARRESTO, APREHENSIÓN, FLAGRANCIA, CASO URGENTE, JUDICIALIZACIÓN, VINCULACIÓN A PROCESO, MEDIDAS CAUTELARES, PRISIÓN PREVENTIVA Y OTRAS FORMAS DE PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD DE UNA PERSONA.”

Entre las diversas formas de realización del acto de privación de la libertad de una persona, existen diferencias radicales tomando en cuenta que producen un distinto resultado y provienen de distintas fuentes de emisión de autoridad o de quién ejecuta tal acto.

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MUCHO RUIDO Y POCAS NUECES

El pasado día 23 de marzo del presente año, el Congreso de la Ciudad de México aprobó por unanimidad de votos, la reforma al artículo 186 bis de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra, para dar facultades a la Procuraduría Ambiental y a la Secretaria de Seguridad Ciudadana, para intervenir en aquellos casos en que ciudadanos, empresas, negocios, comerciantes o cualquier tipo de industria, produzca ruido arriba de los sesenta y cinco decibeles.

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VIOLENCIA V.S. VIOLENCIA

Es del dominio público y explorado derecho que los acontecimientos derivados de las marchas y protestas públicas, causan daños a los bienes y a las personas, llegando a la comisión de delitos, sin que sean sancionados por las autoridades encargadas de la investigación y en su caso judicialización, pero nos hemos preguntado ¿qué tan legítimo es?.

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DESOBEDIENCIA Y PELIGRO DE CONTAGIO

Las conductas realizadas por las personas, generalmente traen consecuencias en el campo jurídico, ya que pueden constituir derechos y obligaciones, pero visto del lado de las normas penales, esos resultados son considerados -delitos-, que necesariamente llevan aparejada una imposición de sanción, que puede ser económica, impositiva de realizar u omitir determinados actos o privativa de libertad.

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