El tema del consumo de marihuana, por demás controvertido y difícil de interpretar, ha venido resintiendo cambios en el ámbito legislativo y Judicial, como es el caso derivado de diversas resoluciones emitidas por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante las cuales se otorga amparo a diversos particulares, solicitantes de protección Federal, para que la Secretaría de Salud, a través de la “COFEPRIS”, les otorgue licencia para sembrar, cosechar y consumir marihuana solo para consumo personal.
El tema es apenas la punta de lanza para desatar una polémica nacional, a todos los niveles intelectuales y políticos, puesto que no faltan los mal informados, que están alardeando y mal interpretando, que nuestro País ya legalizó el consumo de enervantes, nada más falso y alejado de la realidad.
El caso es que, aunque muchos estén brincando de gusto y ya se ven sentados en las Plazas Públicas fumándose un carrujo y exhalando abundantes bocanadas de humo perfumado, lamento decirles, que para eso falta mucho y quién sabe si se dé, simplemente por lo siguiente.
Para que en nuestro País y en especial en los lugares públicos, se pueda considerar legalizado el consumo de alguna sustancia considerada como droga, es necesario que, primeramente se presenten las iniciativas de ley ante el Congreso de la Unión y previo proceso legislativo, se expidan las normas suficientes que autoricen, regulen, controlen, delimiten, todo lo relativo a la producción y consumo de enervantes, aunque en la actualidad se está discutiendo entre otros temas en ese recinto legislativo, el límite de cantidad permitida, para que una persona puede portar o poseer de enervante, para ser considerado como uso personal, puesto que sería ilógico permitir cantidades que puedan representar la posibilidad de comercialización.
Para considerar autorizado legalmente el consumo, no es simplemente saber que no nos va a molestar una autoridad o un agente de policía, al ver que alguien esté consumiendo alguna droga, no mis amigos, se necesita y de manera indispensable la regulación secundaria, que organice la siembra, la cosecha, el empaque, la transportación, el almacenamiento, la distribución ordenada, la comercialización y algo más que importante, “EL ESTADO QUE PAPEL VA A JUGAR EN ELLO”, pues simple, “los impuestos”.
Si para el consumo de cigarrillo, se requirió el transcurso de décadas para regular su comercialización y ajuste de gravámenes impositivos para que el Estado pudiera recibir sus contribuciones y de vez en vez, aumenta el monto de esos impuestos para inhibir el consumo y evitar la concurrencia de enfermedades concurrentes, lo que cuesta al gobierno un mundo de dinero para implementar medidas y sistemas preventivos y correctivos de salud pública.
Entonces, no es fácil considerar que en breve se va a poder consumir libremente alguna droga de las hoy prohibidas y sancionada su posesión y sobre todo su comercialización, si tomamos en cuenta que además existen muchas clases de sustancias no permitidas y que sabemos se consumen en el anonimato y en la clandestinidad.
El caso actual que ha provocado revuelo y euforia en la comunidad mexicana, aunque es ciertamente un gran paso para aquellos que pugnan por la legalización, pero a pesar de ser una decisión del alto Tribunal Mexicano, solamente corresponde a una petición aislada promovida por cuatro personas que sabemos, no buscan el beneficio personal y consumir la droga, sino que representan a un movimiento social que ha pugnado por esa tan ansiada legalización de las drogas llamadas inofensivas, para supuestamente abatir los efectos de la delincuencia organizada y las grandes mafias y carteles, sin embargo el efecto de ese amparo solo les beneficia a las personas físicas que fungieron como quejosas en el juicio de amparo.
Por otra parte, también es pertinente considerar que un principio básico del juicio de amparo, es que la sentencia produce un efecto llamado de “RELATIVIDAD”, que significa que solamente beneficia a quien haya reclamado la protección de la Justicia Federal a través de una demanda de amparo, así pues, la resolución solo le atañe al quejoso, pero en el caso concreto estamos frente a una jurisprudencia que se ha formado por la reiteración de resoluciones en el mismo sentido, lo que implica que cuando otro quejoso invoque el amparo por esas circunstancias, los Jueces y Magistrados están obligados a aplicar el mismo sentido y en su caso, resolver con el mismo criterio.
Pero en lo personal, considero que estamos frente a un caso de influencia social que obligará a las organizaciones sociales a presionar al poder Legislativo para que se tomen cartas en el asunto y se empiecen a crear las leyes necesarias para llegar a esa autorización para el consumo sin penalización como actualmente se pretende y aspira popularmente y socialmente con la intención de abatir la delincuencia y el constante y creciente tráfico de drogas.
La solución al comercio ilícito de drogas está muy lejos aún, sin embargo depende de la voluntad de los poderes ejecutivo y legislativo, que pongan atención y voluntad política para proponer mesas de dialogo, análisis a primer nivel y provocar las iniciativas de ley para que el Legislativo se ponga a trabajar en ello y sin llegar a procesos interminables o dilatados, se aprueben las normas y los reglamentos suficientes y eficaces para dar vida a esta idea y clamor por algunos sectores de la sociedad, para lograr esa apertura, que por cierto liberaría a un número enorme de presos que por cantidades mínimas de posesión de droga se encuentra compurgando penas en prisión.
En conclusión, mis amigos, “NO ESTA LEGALIZADO EL CONSUMO DE MARIGUANA”, “NO PUEDEN SALIR A LA CALLE CON SU HIERVA PARA CONSUMO PERSONAL”, “NO PUEDEN PARARSE EN CUALQUIER ESQUINA A COMPRAR AUNQUE SEA UNOS GRAMOS”, “NO PUEDEN SEMBRAR SU PLANTA EN EL JARDÍN DE SU CASA”; De hacer eso, serán acreedores a una detención, puesta a disposición ante el Ministerio Público y consignación ante un Juez Penal, para ser procesados y encarcelados, así que aguántense un poquito.
Maestro Martín Miranda Brito
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